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jueves, diciembre 26, 2024
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Feministas piden aplicar Ley Olimpia a Christian Nodal por filtrar conversación con Belinda

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Después de un largo silencio tras la reciente ruptura con Belinda, el cantante de música regional, Christian Nodal, rompe el silenció y comparte algunas capturas de conversaciones con su entonces pareja, con el afán de exponerla ante sus miles de seguidores. Este hecho fue tomando por cientos de usuarios y colectivas feministas como violencia digital, pues al momento de exponerla, violenta su intimidad, así que piden se aplique la Ley Olimpia en su contra.

A través de una publicación en su cuenta de Twitter, Christian Nodal expuso una captura de pantalla de una conversación privada que mantuvo con su entonces pareja, Belinda, la cual es de contexto intimo y privado.

Este hecho fue catalogado por colectivas feministas como violencia digital, pues argumentan que difundió, sin el consentimiento de la otra persona, una conversación privada que expone y violenta la intimidad de su ex pareja.

‘El cantante y presunto delincuente, Christian Nodal, filtró hoy una serie de conversaciones íntimas con su exnovia, Belinda, con lo que no solo podría ir a la cárcel por atentar contra la #LeyOlimpia, sino que nos presenta un paradigma bastante conocido en México: El del ‘hombre dolido’ que toma represalias contra su ex pareja. Después de que los truenan, se calcula que 6 de cada 10 varones afrontan con violencia la ruptura y se sienten tan heridos en su orgullo de macho que buscan hacer daño a las mujeres que dijeron amar’, dice la publicación del grupo en Facebook, Criminología Feministas.

¿Qué es la Ley Olimpia?

Es un conjunto de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, que buscan reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

¿Qué es la violencia digital?

Son actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, mensajes de odio, vulneración de datos o información privada realizados mediante el uso de tecnologías. Además de la difusión de imágenes, audios o videos, reales o simulados, del contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.

¿Qué es la violencia mediática?

Son actos realizados a través de cualquier medio de comunicación que promueven directa o indirectamente estereotipos sexistas, apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, producen o permiten la difusión de discurso de odio sexista y discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres.

¿Cuáles son las sanciones?

La ‘Ley Olimpia’ contempla sanciones de tres a seis años de prisión para quienes realicen estas acciones y multas que van de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA). En 2021 la UMA tiene un valor de 89.62 pesos diarios, según el Inegi.

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¿Qué es el ciber acoso?

Es un acto agresivo e intencionado llevado a acabo de una manera repetida y constante a lo largo del tiempo, mediante el uso de formas de contacto electrónicas por parte de un grupo o de un individuo contra una víctima que no puede defenderse fácilmente.

8 tipos de acoso cibernético:

  • Insultos electrónicos, ofensas que algún o alguna usuaria hace a otra u otro.
  • Hostigamiento, implica el envío de mensajes ofensivos de forma reiterada a una persona determinada, ya sea por medio del correo electrónico, chats, mensajes de texto, etc.
  • Denigración, se refiere a la difusión de información despectiva o falsa de alguna persona, como es el caso de la publicación de fotografías alteradas.
  • Suplantación, implica que el o la acosador se haga pasar por la víctima, ya sea utilizando la contraseña de acceso de sus cuentas online para enviar mensajes agresivos u ofensivos o terceras personas como si hubieran sido enviados por la propia víctima.
  • Sonsacamiento, radica en revelar información privada de la víctima que en un principio fue enviada por la víctima  de forma privada o sonsacada para después difundirla a otras personas sin permiso de la víctima.
  • Exclusión, se realiza con la finalidad de excluirla o no dejarla participar.
  • Ciberpersecución,  consiste en el envío de comunicaciones electrónicas reiteradas hostigadoras y amenazantes.
  • Happy slapping, en la cual se realiza una agresión física que se graba por algún medio digital para ser publicado en la red y sea público.

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